Comunidad Autónoma:

ASTURIAS
Normativa aplicable a:
Piscinas de uso colectivo
Excluidas:
Unifamiliares
Termales

 

CARACTERÍSTICAS DEL VASO

Profundidades

Chapoteo: tendrán una profundidad máxima de 60 cm. La pendiente no superior al 10%.
Recreativas o polivalentes: En la zona de aguas someras tendrán una profundidad mínima de 1 a 1.20 m que irá aumentando progresivamente, con pendiente máxima del 6% hasta llegar a 1,40 m. A partir de aquí aumentará progresivamente hasta llegar a un límite máximo de 2 m

Fondo

Pendiente mínima del 2’5% y máxima del 6% en profundidades inferiores a 1,40 m. En profundidades superiores nunca podrá superar el 30%.
El cambio de nivel estará debidamente señalizado para el usuario, así como las profundidades máximas y mínimas.
Se podrá instalar un escalón perimetral a una profundidad de 1,20 a 1,25 m bajo la lámina de agua, de 10 a 15 cm de anchura

Rebosaderos

Obligatorio en todas las piscinas.

Skimmers

En las ya construidas con una superficie de lámina de agua inferior o igual a 315 m2

Playa

Su anchura deberá permitir un fácil acceso al vaso en todo su perímetro.

Pediluvios

En los casos de que la zona de estancia sea de tierra, césped o arena el acceso a la zona de baño deberá de hacerse a través de pediluvios que cubran todo el acceso.

Escaleras

Como mínimo 1 escalera de acceso al vaso por cada 20 m o fracción del perímetro del mismo.

Duchas

En los paseos deberán que rodean a las piscinas descubiertas deberán instalarse duchas con agua potable en la proporción de 1 por cada 60 m2 de lamina de agua.


VESTUARIOS Y LOCALES

Duchas

El número de duchas que deben disponer los vestuarios a efectos de calculo se utilizara la superficie de lámina de agua, entendida esta como la suma de todos los vasos.
El número de duchas en los vestuarios será como mínimo de 1 por cada 30 m2 de lámina de agua.

Botiquín

Todas las piscinas deberán disponer de un botiquín o local destinado a la realización de primeros auxilios, de fácil acceso.

Locales técnicos / máquinas

Estarán emplazados en lugares independientes, fuera del acceso al público y en la forma que para cada caso determine la reglamentación aplicable.

TRATAMIENTO FÍSICO QUÍMICO DEL AGUA

Tiempo de recirculación

Piscinas chapoteo: 1 hora.
Vasos con profundidad inferior 1,40 m: 2 horas.
Vasos con profundidad superior 1,40 m: 4 horas.
Vasos de competición: 8 horas.

Turbidez

No superior a 6 UNT

pH

7,2 – 7,6

Cloro libre

0,8 – 1,5 mg/l

Cloro total

 

Alcalinidad

Hasta 250 mg/l

Bromo

Hasta 3 mg/l

Plata

Hasta 1 mg/l

Hierro

Hasta 0,3 mg/l

A. Isocianuro

Hasta 75 mg/l

Aluminio

Hasta 0,5 mg/l

Oxidabilidad

< 4 mg /l

Amoníaco

<= 0,5 mg/l

Nitratos

<10 mg/l adultos, y
7mg/l vasos chapoteo

Cobre

Hasta 3 mg/l


CONDICIONES EN PISCINAS CUBIERTAS CLIMATIZADAS

T. agua

22º c – 27º c

Volumen aire

8m3

T. recinto

2 ó 4ºC superior a la del agua del vaso

Humedad

No exceda 80%